25 de mayo  2021

Nota Informativa

 

CONFLICTO COLECTIVO TLC TIEMPO DE ASEO - RD 665 /1997

 

SIE ha presentado papeleta de conciliacion en el Tribunal Laboral Canario (TLC) al objeto de incoar, contra la empresa, conflicto colectivo por inaplicacion efectiva del RD 665/1997 (Proteccion de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicion a agentes cancerigenos durante el trabajo) al personal de operacion de las centrales de generacion de Canarias.

Desde principios de 2017 SIE ha venido manifestando hasta en cuatro ocasiones en la Comision Territorial de RRHH que, dado que los trabajadores no pueden disfrutar de los 10 minutos correspondientes al aseo dentro de su jornada de trabajo segun establece el articulo 6.2 del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la proteccion de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicion a agentes cancerigenos durante el trabajo, dicho tiempo es utilizado fuera de la jornada ordinaria reconocida por la empresa.

Como los requerimientos de SIE en la Comision Territorial no obtuvieron una respuesta positiva por parte de la empresa, el 15 de marzo de 2018 inicio un Conflicto Colectivo cuyo acto de conciliacion concluyo sin avenencia con la empresa y sin el apoyo de las otras secciones sindicales.

A raiz de ello SIE inicio reclamaciones individuales agrupadas, de derecho y cantidad, de trabajadores en la C.T. de Barranco de Tirajana y en la C.D. de Salinas.

El resultado en primera instancia de dichas reclamaciones fue dispar; negativa en Barranco y totalmente positiva en Salinas, pero los recursos al Tribunal Superior de Justicia de Canarias fueron positivos para ambas, dictando sentencia firme a mediados de 2020, declarando que "es tiempo efectivo de trabajo el empleado en el aseo y condenamos a la empresa a abonar a los demandantes en concepto de exceso de jornada los diez minutos para aseo antes de abandonar el trabajo durante el periodo de enero de 2018 a febrero de 2019."

Llegados a este punto el proceso se enmaraño en artimañas legales de la empresa para evitar el abono de las cantidades reconocidas en las sentencias y no fue hasta este mes mayo de 2021 cuando, por fin, todos los trabajadores demandantes afiliados a SIE han cobrado las cantidades reconocidas en la sentencia desde enero de 2018.

Entendemos que ahora, el siguiente paso es comenzar la batalla para intentar lograr el reconocimiento general de dicho derecho a todos los trabajadores de operacion de las centrales de generacion de Canarias que es de aplicacion el Real Decreto 665/1997, pues resulta del todo injusto que unos trabajadores sean compensados y otros, en las mismas condiciones, ambientes y exposicion a agentes cancerigenos, no se le reconozcan el derecho y no les abonen el tiempo que excede de su jornada de 8 horas establecidas.

Gracias al trabajo realizado por SIE, y al amparo de las sentencias firmes logradas en el TSJC por sus afiliados, otros compañeros podran beneficiarsede este derecho.

SIE siempre con los trabajadores,

defendiendo tus derechos.

 

 
 
mostrar en pagina completa