FALLO
Que, estimando parcialmente la demanda interpuesta por
?????. En contraENDESA GENERACIoN S.A., declaro el derecho de los
demandantes a percibir el plus de nocturnidad previsto en el articulo 69.3
del IV Convenio Colectivo Marco de Endesa; condenando a la entidad
demandada a estar y pasar por la anterior declaracion, asi como a abonar a
los actores, en concepto de plus de nocturnidad devengado entre los meses
de febrero de 2018 y agosto de 2020, ambos inclusive. Mas el 10% de
interes por mora desde la fecha de presentacion de la papeleta de
conciliacion (19.02.2019) hasta la de la presente Sentencia.
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