17 de noviembre 2022

 Nota Informativa

 

Impugnacion Elecciones Parciales EDE 2022

 

El 27 octubre de 2022 se constituyo la Mesa Electoral para la celebracion de las elecciones parciales a miembros del Comite de Centro de EDISTRIBUCION REDES DIGITALES S.L. en el centro de trabajo de oficina Las Palmas- Albareda, motivado por la ampliacion de 5 a 9 miembros, al contabilizarse un aumento en la plantilla de este centro de trabajo por el traslado de los trabajadores adscritos al extinto centro de trabajo de Miller Bajo.

En la citada fecha se publica el censo laboral, el calendario electoral y comprobamos que posteriormente excluyen del censo al colectivo de empleados en situacion de AVS, que continuan manteniendo la relacion laboral con ENDESA suspendida por el momento. Por este motivo, SIE presento reclamacion previa ante la Mesa Electoral, solicitando:

  •  La inclusion de dicho colectivo, puesto que con los trabajadores en situacion de contrato suspendido existe la posibilidad de reincorporacion a la empresa, ya sea por iniciativa de esta o del trabajador, por tanto, pueden ser electores y ejercer su derecho al voto.

La Representacion de la empresa, mediante correo electronico traslada a la mesa sobre nuestra reclamacion que: "La empresa considera que no procede la inclusion en el censo electoral de los AVS, pues los mismos no son electores en el momento de las elecciones ".

La mesa el 4 de noviembre de 2022 nos comunica que nuestra reclamacion es desestimada y manifiesta que: "el censo electoral definitivo se constituye excluyendo a los trabajadores en AVS".

Dado que la relacion del personal en AVS se mantiene viva teniendo una serie de derechos y obligaciones, no pueden ser excluidos de este proceso, debemos tener presente que, aunque la empresa haya renunciado a la incorporacion de cada uno de los trabajadores, eso no significa que no se puedan producir reincorporaciones forzosas como asi consta en el Hecho Probado OCTAVO de la Sentencia de la Audiencia Nacional numero 121/20 de 10 de diciembre de 2020 que tiene el siguiente literal: "En 2017 y 2018, la empresa hizo un proceso de externalizacion de un departamento, firmaron varios trabajadores un AVS, la externalizacion no dio resultado y tuvieron que volver 12 trabajadores a la empresa. (Hecho conforme)".

Con todo lo anterior y de conformidad con la reciente Sentencia num. 342/2021 de 17 de septiembre, dictada por el Juzgado de lo Social num. 41 de Madrid, los trabajadores en situacion de AVS suspensivo deben incluirse en el censo electoral y en consecuencia deben tener la posibilidad de votar, este Sindicato cumpliendo con su responsabilidad de defender los derechos de todos los trabajadores, sin excluir a ningun colectivo, ha solicitado en tiempo y forma al organismo correspondiente la impugnacion del proceso electoral.

Siguiendo la forma de proceder de empresa y UGT en (Madrid, Bilbao,�) donde solicitaron la paralizacion de los procesos de todas las empresas por litispendencia y aceptadas por las mesas. SIE hemos solicitado la SUSPENSIoN de este proceso hasta que se dicte resolucion en el Conflicto Colectivo que se sigue en el Tribunal Supremo.

Nos gustaria llegar a un acuerdo colectivo de los sindicatos para la realizacion de todas las elecciones pendientes que sus mandatos ya han caducado hace mas de 3 años. Las ultimas elecciones se celebraron en febrero de 2015, "En Endesa estamos igual que la renovacion del PODER JUDICIAL."

 

SIE defendera los derechos del personal en AVS, no debemos olvidar que tambien son compañeros y sus derechos laborales estan en juego al igual que los trabajadores que estamos en activo. No compartimos la decision de UGT y la Empresa de excluir a estos compañeros de elegir a sus representantes que negocian condiciones que les afectan.

 Hoy son ellos, pero mañana podras ser TU







 
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