19 de mayo  2021

 Nota Informativa

 

Obligacion de exclusividad y dedicacion

 

Hace unos dias recibiamos en el correo electronico, una nota enviada desde la Direccion de Endesa News y en el que se adjuntan unos documentos relacionados con la obligacion de exclusividad y plena dedicacion de los trabajadores de la compañia.

Numerosos compañeros han acudido a SIE con preocupacion e incertidumbre, y, en muchos casos diciendo que no han tenido una respuesta desde la empresa de forma correcta.

En SIE hemos analizado la documentacion aportada por la empresa, y hemos detectado contradicciones en los dos escritos presentados, en el que uno expresa que el "protocolo de actuacion en materia de conflictos de intereses, dedicacion exclusiva y concurrencia comercial" de forma acertada, limita al cumplimiento de este a "los directivos, y el resto de personal que lo tenga expresamente pactado" mientras que por el contrario, la presentacion explicativa que se acompañaba afirmaba que "todo el personal de Endesa tiene el compromiso de Dedicacion exclusiva con la Empresa".

SIE aclara que segun la legislacion "el pacto de exclusividad, asi como el de no competencias post contractual, se deben pactar individualmente por escrito con el trabajador afectado en su contrato" y NO para los trabajadores que no tienen de forma individual pactado en su contrato este compromiso de exclusividad, ni mucho menos perciben una retribucion especifica como compensacion.

Desde SIE hemos solicitado a la empresa la aclaracion de esto, que entendemos es una confusion, porque de considerarlo acertado y no tratarse de un error se estaria vulnerando lo establecido en la Constitucion Española, y en el Estatuto de los Trabajadores.

 
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