16 de noviembre 2021

 Nota Informativa

 

Sentencia favorable de MSCT Personal excluido Convenio

 

El pasado dia 4 de noviembre de 2021 se celebraron en la Audiencia Nacional varios juicios relacionados con la perdida de derechos laborales por los beneficios sociales derivados del V Convenio y firmado en solitario por el sindicato UGT y la Empresa. Las demandas fueron presentadas por los sindicatos (SIE, CCOO y CIG) en unidad de accion y las asociaciones de personal pasivo (AVS, jubilados, viudos, personal en incapacidad laboral�). Los procedimientos fueron:

  •  Demanda de los sindicatos SIE, CCOO, CIG por la impugnacion del V Convenio Marco. (No hay sentencia)

  •  Demandas de los sindicatos SIE y CCOO (por un lado) y la Asociacion de primeras de Cataluña por la Modificacion Sustancial de Condiciones de Trabajo del Personal Excluido del Convenio con relacion a la perdida de los beneficios sociales. La Asociacion de primeras de Cataluña desiste en el acto de juicio por falta de legitimidad.

  •  Varias demandas de Conflicto Colectivo de las Asociaciones de personal pasivo, para la impugnacion del V Convenio Marco y el laudo. El presidente de la Sala les comunica la falta de legitimacion pasiva por no ser un sindicato, e inadecuacion del proceso por presentar conflicto colectivo, y les advierte que de seguir con el procedimiento podrian ser sancionados por temeridad. Las Asociaciones desisten de los procedimientos, salvo una a la que el presidente de la sala le recordo sus manifestaciones.

Demandas por la Modificacion Sustancial de Condiciones de Trabajo (MSCT) del Personal Excluido del Convenio con relacion a la perdida de los beneficios sociales.

Tras la firma del Acuerdo de la supresion de los beneficios sociales al personal excluido del Convenio por parte de UGT y la RD, SIE presento la demanda en unidad de accion con CCOO. Como Sindicato es nuestra obligacion velar por que la medida MSCT se aplique ajustada a derecho, y nuestra responsabilidad la de defender los derechos de los trabajadores.

Como ya habiamos informado en la nota del pasado 25 de marzo de 2020, SIE no firmo el acuerdo ya que entendiamos que no existia causa legal al amparo del articulo 41 del Estatuto de los Trabajadores que habilitara a la empresa y a UGT a la supresion de los derechos que deseaban eliminar. Por otra parte, en cuanto a la forma de la constitucion de la mesa, nuestros servicios juridicos nos recomendaron que debiamos seguir negociando y presentar las alegaciones en la mesa. La sentencia en su Fundamento de Derecho TERCERO nos confirmo que nuestra decision de seguir negociando fue la correcta.

Ayer tuvimos conocimiento de que la Sentencia nos ha dado la razon con relacion al personal activo, el fallo expone:

"Estimamos en parte la presente demanda suscitada por los sindicatos CCOO y SIE y declaramos la nulidad de los Acuerdos detallados en el hecho 6° de esta resolucion que fueron alcanzados entre las mercantiles de ENDESA�� y el sindicato UGT el 24-3-2020" y para el personal pasivo "Apreciamos cosa juzgada parcial en lo relativo a los derechos pasivos del personal fuera de convenio por tratarse de controversia ya resuelta por las SAN de 26-3-2019 y 7-7-2021 dictadas en conflicto colectivo" (Se adjunta la sentencia para que cada uno pueda sacar sus propias conclusiones).

Esta sentencia desmiente a UGT en su razonamiento de que, si no se firmaba el V Convenio Marco, perderiamos los beneficios sociales. Al igual que este colectivo de personal Excluido, el personal de Convenio teniamos contractualizados todos los derechos laborales anteriores a la firma del V Convenio Marco.

Nuestros servicios juridicos estan analizando el resultado de la sentencia, ante la posibilidad de recurrirla para el personal pasivo.

Enlace a la sentencia

SEGUIREMOS INFORMANDO

SIE SIEMPRE CON LOS TRABAJADORES, DEFENDIENDO NUESTROS DERECHOS

 
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