23 de marzo  2021

 Nota Informativa

 

1ª Reunion Comision Seguimiento de Registro Horario - Clic Tac

 

Como ya os habiamos informado el pasado 2 de marzo, desde SIE solicitamos una reunion de la Comision de Seguimiento de Registro Horario, para que nos informasen de la evolucion de la implantacion de la aplicacion Clic Tac, ya que son muchas las incidencias detectadas. Se adjunta documento de las incidencias y dudas presentadas por SIE.

Esta mañana, hemos tenido la 1ª reunion de la Comision de Seguimiento del Registro Horario. La RD manifiesta que, desde la implantacion el pasado mes de enero, muchas son las incidencias comunicadas (mas de 2000) en One Click y En Linea, relativas a datos no cargados en el sistema, problematicas resueltas por microinformatica y el proveedor de la aplicacion de Registro Horario y otras a nivel de Software. Se han resuelto el 73 % de las incidencias.

La primera semana de abril se tiene previsto cargar en los sistemas los calendarios laborales del año 2021, y con ello, se subsanaran las incidencias generales abiertas que afectan a los datos de los trabajadores en el sistema de registro horario referente a: calendarios de jornadas, flexibilidades horarias generales en territorios y acuerdos, problemas en registrar las jornadas de tarde, etc. Se recomienda verificar sus datos a partir del dia 5 de abril (despues de Semana Santa). Si la incidencia persiste trasladarla a nuestros delegados.

En SIE hemos solicitado mejoras tanto a nivel tecnico como de contenidos en los informes.

Nos informan que, de las 8745 personas convocadas al curso del Clic Tac, solo lo han completado 4.312 y en proceso de realizacion hay 1.521 personas. Desde SIE animamos a la realizacion del curso.

Ante la situacion de no tener la aplicacion con todos los datos necesarios al 100%, se acuerda por la RD y los sindicatos firmantes del acuerdo SIE y UGT, ampliar la fecha del periodo de adaptacion al 1 de junio de 2021. A finales de abril o principios de mayo se realizara una reunion de seguimiento.

Para este periodo, se mantienen los acuerdos:

  •  Los datos recogidos no seran utilizados con fines disciplinarios.

  •  El registro de jornada no constituye impedimento alguno para la continuidad o ampliacion de las medidas de flexibilidad que le fuere de aplicacion en la actualidad.

  •  Se permitira a la persona trabajadora que efectue el registro diario en tiempo diferido con hasta 5 dias laborables.

  •  Las actualizaciones tecnologicas o legales, que en esta materia se fueran produciendo seran debidamente informadas y analizadas, previamente a su implantacion en la Comision de Seguimiento.

  •  No esta implantado en la aplicacion la geolocalizacion.

  •  Se debe respetar la jornada laboral de cada trabajador y en caso de necesidad de excederla, debera recibir una autorizacion expresa de la empresa. Este exceso de jornada se abonara como establece el Convenio en horas extraordinarias o jornada suplementaria, si asi lo acepta el trabajador.

Queremos recordar que este sistema de Registro Horario es para el cumplimiento del real decreto 8/2019 y la guia Sobre el registro de jornada del año 2019, que establece la obligacion de todas las empresas de tener un registro horario accesible y acorde a unas determinadas normas para que la administracion y los representantes de los trabajadores puedan verificar que las horas que se realicen por encima de la jornada laboral pactada se computen como horas extraordinarias. Para ello, es muy importante que se registren todas las horas que se realicen fuera de la jornada laboral como lo establece en el acuerdo, en el curso de Clic Tac se recogen las instrucciones.

SEGUIREMOS INFORMANDO

 
mostrar en pagina completa