22 de julio 2022 Nota Informativa |
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¿ Por qué le llaman Teletrabajo a la Gestión de Espacios en oficinas ? |
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Cada día que pasa estamos más
convencidos de que el nuevo modelo de trabajo híbrido es una herramienta más de
la empresa para ahorrar costes y que ha enmascarado bajo el conjunto de medidas
que demandaron los trabajadores sobre Conciliación Laboral y Familiar.
Con este "acuerdo" firmado con una representación social que no supera el 50% de representatividad, han conseguido que la empresa pueda gestionar los espacios en las oficinas, sin dar derecho a los trabajadores a elegir aquellos días que mejor se ajustan a sus necesidades familiares, ni dar seguridad de poder disponer de los días asignados, ya que la empresa es la única que tiene potestad de organizar y/o modificar los días.
Los consejeros delegados de Enel y Endesa en tiempos de pandemia nos manifestaron que el trabajo a distancia vino para quedarse y que debíamos construir las bases del futuro y aprender de la experiencia. Más recientemente en uno de sus correos informativos se preciaban de "haber definido un modelo que aportará mayor flexibilidad y permitirá disfrutar de nuevas formas de conciliación". ¿De verdad? El resultado que podemos observar hoy en día es que la aplicación del teletrabajo tiene muchas ventajas para la empresa: mayor productividad, mejor organización de espacios de oficinas, y sobre todo mucho ahorro de costes; sin embargo, la parte de flexibilidad y conciliación beneficiosa para el trabajador se pierde con el actual modelo hibrido planteado por la empresa; quedando todo, como siempre, "en sus manos". El único derecho que tienen los trabajadores es el de anular el contrato o no adherirse. En SIE afrontamos la negociación con mucha responsabilidad y aportando argumentos sólidos en las propuestas y contrapropuestas presentadas hasta el final de la "negociación" en aras a llegar a un acuerdo satisfactorio para todas las partes, ya que el teletrabajo debería ser tan bueno para la empresa como para las personas trabajadoras. Desgraciadamente la empresa se enrocó en su modelo de trabajo híbrido rechazando casi todos los argumentos y propuestas de los representantes de los trabajadores, basándose en la voluntariedad de acogerse al acuerdo, la otra opción es volver a la presencialidad. Lo que viene a decir parafraseando el dicho popular "Son lentejas, si las quieres las tomas y si no las dejas" En SIE entendemos que el BIENESTAR y la ESCUCHA ACTIVA, que la empresa tanto promueve, debe tener en cuenta las necesidades de las personas, y no aprovecharse de ellas para su interés. Como hemos informado en la nota de fecha 22 de junio de 2022, SIE no firmó el acuerdo por entender que es discriminatorio, injusto, ilegal y que no incluye a todos los trabajadores susceptibles de realizar esta modalidad de teletrabajo. Este contrato de adhesión impone a los trabajadores una serie de renuncias contrarias a la legalidad vigente, siendo las más importantes:
En algunas de nuestras notas informativas hemos comentado que, desde nuestra organización sindical, ya llevamos tiempo aportando propuestas sobre flexibilidad, horarios, conciliación laboral y familiar, etc. a las reuniones de la mesa de la Comisión de Igualdad que no se han materializado en acuerdos. En esta Comisión de Igualdad también se "negoció" el teletrabajo. Hemos podido leer notas informativas para justificar la firma del acuerdo de teletrabajo que pese a que no era el esperado por la plantilla de Endesa, que se ha creado una mesa sobre las medidas de flexibilidad, cuando en la realidad, es en la misma Comisión de Igualdad donde hemos vuelto a plantear propuestas de flexibilidad. En la última reunión celebrada la pasada semana de la Comisión de Igualdad, de las propuestas presentadas por todas las RS, la empresa sólo ha considerado como posibles de aceptar tres medidas, el resto las ha rechazado. Las 3 medidas son: 1º Poder iniciar/finalizar la jornada desde el domicilio cuando exista desplazamiento, 2º Posibilidad de teletrabajar en turno cero, y la 3º La semana de reten/disponibilidad un día de TFO, a pesar de que la información de alguna sección sindical puede dar lugar a pensar que se progresa en estos asuntos, la realidad a día de hoy, es otra, no hay cambios. Informamos también que el pasado día 12 de julio, tuvo lugar el acto de conciliación, promovido por SIE, previo a la vía Jurisdiccional Social en materia de Conflicto Colectivo por este tema. Mediante dicho procedimiento, solicitamos la nulidad de las cláusulas primera, sexta, novena y decimoprimera contenidas en el acuerdo individual de prestación laboral en teletrabajo con carácter regular, aprobado por el Acuerdo Colectivo de Teletrabajo que ha ofertado el Grupo Endesa a los trabajadores y las cláusulas concordantes del acuerdo colectivo, debiendo dejarse sin efecto, por ser contrarias a la legalidad vigente. En dicho acto, no se pudo llegar a ningún acuerdo con la empresa, por lo que en breve y ante la rotunda negativa por parte de la empresa a renegociar el acuerdo firmado solo por CCOO, que más allá de ser contrario a la legalidad vigente, no recoge las expectativas y necesidades del conjunto de la plantilla, procederemos a interponer el correspondiente CONFLICTO COLECTIVO. En SIE somos defensores de la modalidad del teletrabajo y somos conscientes de la voluntariedad que la ley establece para su implantación en la empresa. Seguimos sin entender por qué Endesa no ha aceptado compensación económica y entrada en vigor en septiembre como acordó ENEL con los sindicatos.
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